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A LAS CUCARACHAS PRO-JUDICIALES, APLICALES BAIGÚN: ''Aplicar mal la prisión preventiva es violar la ley.''

EL PAÍS
25 de marzo de 2018
Entrevista a Gabriela Baigún, la fiscal que pidió liberar a Zannini y D?Elía
''Aplicar mal la prisión preventiva es violar la ley''
De extensa carrera judicial, Baigún defiende su dictamen y reivindica los principios de inocencia y de igualdad ante la ley. Sostiene que no hay razones para pensar que los imputados pueden fugarse o entorpecer la investigación.
https://www.pagina12.com.ar/103807-aplicar-mal-la-prision-preventiva-es-violar-la-ley
''Considerar que Carlos Zannini y Luis D?Elía deben estar presos es violentar el principio de igualdad ante la ley'', concluyó la fiscal general Gabriela Baigún. En diálogo con PáginaI12, la representante del Ministerio Público Fiscal ante el Tribunal Oral Federal número 8, que dirigirá el juicio oral por el delito de encubrimiento del atentado a la AMIA a través de la promoción del memorándum de entendimiento con Irán, explicó los argumentos de su dictamen, que propició la libertad del dirigente social y del ex secretario de Legal y Técnica, detenidos hasta ayer en Ezeiza. ''Aplicar mal la prisión preventiva es violar la ley'', remata.

?¿Cuáles son los elementos fundamentales de su dictamen?

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?El primero es que el proceso se vive en libertad salvo excepciones que hagan indispensables medidas de coerción como la detención. Por otro lado está la garantía de inocencia que plantea que toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario en una sentencia condenatoria. Pero además existen normas procesales que regulan estrictamente la excarcelación y que determinan que todo aquel que está imputado por un delito reprimido con una pena que no sea superior a los 8 años de prisión puede ser beneficiado con la excarcelación. En este caso, y esto es lo más importante para que la gente no se confunda, el delito con el que quedó elevada a juicio de todos los imputados de la causa que investigó el memorándum de entendimiento con Irán, es el delito de encubrimiento, previsto con una pena de 1 a 6 años de prisión. El delito por el que originalmente estas personas fueron indagadas, el de traición a la patria penado con entre 10 y 25 años de cárcel, fue descartado por la Cámara. Entonces, esa pena ya no es más la que afrontan. Si afrontan una pena inferior a los 8 años de prisión, pueden salir.

?¿Qué sucede con el peligro de fuga o de interferencia en la investigación, razones por las que se les ha dictado la prisión preventiva a Zannini y a D?Elía?

?Yo concluí que no hay razones para presumir que estando en libertad los imputados pueden eludir la acción de la justicia, es decir fugarse, o entorpecer la investigación, frustrarla. En el caso de Zannini, porque su calidad de ex funcionario no le da un poder residual parecido al poder que tenía cuando era funcionario. No puede entrar más a la Casa Rosada, ni a la Secretaría Legal y Técnica, ni acceder a documentación ni a funcionarios. También demostró arraigo, un trabajo y una residencia en Santa Cruz y familia en Argentina. Cuando fue citado a declarar no había intentado fugarse. En el caso de D?Elía, consideré que estuvo a derecho siempre. Y eso que yo fui la fiscal que lo acusó por el copamiento de una comisaría de La Boca, solicité pena de 4 años y 8 meses de cárcel. Cuando alegué no pedí su detención ya que sabía que debía quedar la sentencia firme para eso. Lo condenaron a 4, pero la sentencia fue recurrida. Cuando quede firme seré la primera en pedir su detención. Más allá de estos argumentos, hice una reflexión posterior: si en la actualidad, como pasa, los acusados que afrontan el juicio por el encubrimiento del mayor atentado en la historia argentina que por cierto aún sigue impune, pasaron todo el proceso penal en su contra y ahora el juicio en libertad, estoy hablando del ex presidente Carlos Menem, varios ex funcionarios de su gobierno y compañía, considerar que Zannini y D?Elía deben estar presos es violentar el principio de igualdad ante la ley.

?No hay razón para un tr

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